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Nacionales | jueves 14 de enero 2010

Nueva distribución de impuesto

El Gobierno publicó en el diario oficial La Gaceta el decreto número 91-2009, el cual reforma el Reglamento a la Ley de la Industria Eléctrica (Ley 272), para adicionar parte de los acuerdos suscritos entre las empresas distribuidoras Disnorte-Dissur y el Estado, en el marco del protocolo de entendimiento que se firmó el año pasado.

 

El protocolo permite al Estado obtener el 16 por ciento de las acciones de estas empresas, que son parte del consorcio internacional energético Gas Natural.

 

El decreto presidencial, publicado el pasado 9 de diciembre en La Gaceta 233, adiciona un nuevo capítulo en el reglamento de la Ley 272, el cual se denomina del “régimen fiscal”, permitiendo una redistribución de los tributos recaudados en concepto de generación y venta de energía eléctrica.

 

El primer cambio transforma el impuesto municipal de ingresos (IMI), cobrado a las generadoras y distribuidoras, y lo convierte en el impuesto selectivo de consumo (ISC), que deberán pagar únicamente las generadoras en los municipios donde operen y las distribuidoras en los municipios donde no haya plantas generadoras de energía, para evitar la doble tributación.

 

LA NUEVA DISTRIBUCIÓN

 

 

La nueva distribución de este impuesto se realizará en forma equitativa en todas las alcaldías del país.

 

Freddy Torres, miembro de la Comisión de Infraestructura y Servicios Públicos de la Asamblea Nacional, explicó a LA PRENSA que lo que se invoca es el principio de equidad, para que la cantidad de recursos económicos obtenidos por el ISC sean redistribuida entre todas las alcaldías.

 

“Los ingresos ahora entrarán a una caja única que manejará el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), que se encargará de las distribución entre todas las alcaldías”, explicó Torres.

 

Según el decreto ejecutivo, del ciento por ciento de lo recaudado con el ISC (impuesto por generación y distribución), el 8.7 por ciento corresponderá al municipio de Managua. A los municipios que no albergan plantas generadoras les corresponderá el 36.6 por ciento.

 

De ese total, el 16 por ciento se distribuirá con base en las ventas de energía de las empresas distribuidoras en cada municipio que no alberguen plantas generadoras; un 10 por ciento se distribuirá con base en la población de cada municipio, que no alberga plantas generadoras, tomando las estadísticas del Censo Nacional vigente; y 10.6 por ciento se distribuirá en porcentajes iguales para todos los municipios.

 

EL RESTO DEL PASTEL

 

 

Entre tanto, el restante 54.7 por ciento, del ciento por ciento del ISC recaudado, será distribuido en los municipios que albergan plantas generadoras.

 

De este total, el 51 por ciento se distribuirá con base en la energía generada. El 3.7 por ciento se distribuirá con base en las ventas de la energía de las distribuidoras.

 

Torres señaló que el año pasado en la Asamblea Nacional se aprobó la reforma a la Ley 272, que también integra estos planteamientos, que ahora quedan reglamentados.

 

Para los efectos del ISC total recaudado, el Ministerio de Energía y Minas, en los primeros quince días de cada mes remitirá al Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) un in forme con los porcentajes del monto del ISC recaudado que corresponderá a cada una de las municipalidades.

 

Hacienda, en los quince días posteriores de recibir el informe, entregará a las municipalidades el ISC.