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MIéRCOLES 30 DE ABRIL DEL 2003 / EDICION No. 23074 / ACTUALIZADA 02:30 am
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Día Internacional de Conciencia Sobre el Ruido

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Doraldina Zeledón Úbeda
rrpp@ideay.net.ni

Moriré si el silencio es tan necesario como parece para el que quiere retirarse al estudio.
Séneca

Hoy 30 de abril se celebra el Día Internacional de Conciencia sobre el Ruido. El objetivo es que se reflexione sobre las actividades ruidosas que se realizan y las que se permiten, que se tome conciencia de los daños que el ruido causa y se tomen medidas de prevención y control.

En Nicaragua, ¿quién debería resolver por la contaminación acústica? La Ley 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, dice que es deber del Estado y de todos los habitantes proteger los recursos naturales y el ambiente, mejorarlos, restaurarlos y procurar eliminar los patrones de producción y consumo no sostenibles. Esto tiene que ver con el ruido, para eliminar patrones de producción y de recreación ruidosos. Dice la Ley que la calidad de vida de la población depende del control y de la prevención de la contaminación ambiental. La calidad de vida se deteriora con el ruido.

Se puede evitar el ruido domiciliar, el laboral; pero hay ruidos ante los cuales no se tiene control. Por ejemplo, ¿qué hacer con la música de un centro nocturno que invade su casa?

Hay muchas instituciones a las que les compete prevenir y controlar este problema de salud ambiental, derechos humanos y contaminación ambiental. Si no cumplen, también la ley resuelve (o debería resolver). La población tiene el derecho y el deber de exigir que se cumpla. Inclusive, puede demandar a una institución que no hace cumplir las leyes. Pero hace falta conocer las leyes. Y delimitar competencias de las instituciones, porque donde todos son responsables, nadie responde.

¿Qué hacer? Falta legislación específica, pero hay leyes que se pueden aplicar. Aunque quizás más importante que las leyes es la información y educación ambientales. Porque de nada servirían las normativas si no se está consciente del daño que causa la contaminación acústica. Y si se desconocen, o no se aplican. Esto se consigue a largo plazo. ¿Qué hacer hoy?

Ante el ruido de una fuente cuyo responsable se puede detectar, como un bar, se puede hablar con el administrador. Lo mejor es organizarse con los vecinos. Llegar a arreglos. Si no se puede, hay varias vías.

Llamar a la Policía, pues entre sus funciones está cumplir y velar por el cumplimiento de las leyes; auxiliar a toda persona que lo requiera; recibir denuncias de los ciudadanos sobre faltas o delitos (Ley 228). Además, con el nuevo Código de Procedimiento Penal, la Policía juega un rol preponderante. Y a propósito de nuevas leyes, ya se contempla el ruido en la Ley 431, Ley para el Régimen de Circulación Vehicular e Infracciones de Tránsito, en el capítulo dedicado a la prevención de la contaminación ambiental.

Está la Procuraduría del Medio Ambiente, una de cuyas funciones es la de representar y defender a la sociedad civil y al Estado en los juicios por infracción a las leyes ambientales. El Reglamento de la Ley dice que la Procuraduría debe recibir las denuncias por faltas administrativas y por delitos ambientales e intervenir en los procesos. Interponer las acciones judiciales en contra de personas naturales o jurídicas, privadas o estatales que ocasionen daño al medio ambiente y a los recursos naturales.

A la Procuraduría de los Derechos Humanos también le compete. Según la Ley 212, el Procurador debe promover, defender y tutelar los derechos constitucionales y los derechos internacionales ratificados por el Estado, y velar porque la Administración Pública los cumpla. Entre esos derechos están la salud y un ambiente saludable. (Artos. 59 y 60 de la Constitución).

También a los alcaldes, según la Ley 40, les corresponde promover el respeto a los derechos humanos, la salud y la higiene comunal. La Ley 217 expresa que las actividades que afectan la salud por su olor, ruido o falta de higiene, serán normados por el Ministerio de Salud. Y ante el ruido laboral, el Ministerio del Trabajo es el competente para resolver la suspensión de actividades de empresas que infrinjan las disposiciones sobre seguridad e higiene ocupacional. Y quizás haya algún diputado que se solidarice con las víctimas del ruido.

La autora es consultora ambiental.  
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