VIERNES 14 DE MAYO DEL 2004 / EDICION No. 23,449 / ACTUALIZADA 02:30 am





EL HUMOR DE



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Alza del agua sería ilegal

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. Magistrado advierte que una sentencia de la Corte posterga aumento al 2006

Francisco Rosales

 

Mirna Velásquez Sevilla Mirna Velásquez Sevilla

Cualquier incremento a las tarifas por el servicio de agua potable que intente realizar en enero del próximo año la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Enacal), sería ilegal, según el magistrado de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Francisco Rosales.

Para decir esto, Rosales se basa en una resolución emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo que posterga cualquier aumento hasta el 2006.

Enacal había anunciado que en enero de 2005 aplicará un ajuste en la tarifa porque anexará los costos que implica la devaluación monetaria, la compra de energía y la compra de nuevos equipos.

“Presta mérito ejecutivo la transacción que se celebra ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, y aquí hubo un acuerdo en base al cual no se puede dar ningún incremento tarifario del agua, hasta el año 2006”, apuntó el magistrado.

Según Rosales, un eventual incremento sólo podría ocurrir previo acuerdo entre las partes, de lo contrario, el acuerdo firmado es inalterable “guste o no guste”.

Cabe recordar que Enacal ha insistido en que no se trata de un incremento del pliego tarifario, sino que la ley les faculta a incrementar la tarifa, ante un incremento de los costos por la devaluación.

En tanto, el Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA) ha admitido que la empresa necesita el ajuste.

COSA JUZGADA

El acuerdo de no aumentar sino hasta el 2006 la tarifa, fue realizado entre INAA y la Red de Defensa del Consumidor y la Liga de Defensa del Consumidor, y según el magistrado no puede ser alterado, y como tal “es cosa juzgada y la cosa juzgada en este caso es absoluta, no es relativa, de tal manera que no puede haber incremento al agua”.

Rosales recordó además, que en una sentencia dictada por la Sala Constitucional, declaró inconstitucionales las tarifas diferenciadas que Enacal implementa, por violar la igualdad de trato.

“Sabemos que existen tarifas diferenciadas, sabemos que existe incluso un consumo histórico promedio, sin embargo al usuario le sale en el recibo que su consumo actual es superior al consumo promedio y ya le hicieron un ajuste tarifario”, criticó.
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