El pluralismo contractualista
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 | Acerca del libro de Alejandro Serrano Caldera, Razón, Derecho y Poder |
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Alejandro Serrano Caldera. |
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Julio Icaza Gallard (Abogado)
El pluralismo de Alejandro Serrano tiene su fuente más directa en la Filosofía del Derecho de Hegel, en su análisis de la sociedad civil y la importancia de las corporaciones y asociaciones como intermediadoras entre el Estado y el individuo. Serrano es un pluralista y decir pluralista no es lo mismo que decir relativista. Desde una perspectiva relativista no es posible la comunicación entre puntos de vista e ideales distintos. Relativismo es solipsismo. La unidad en la diversidad de Serrano Caldera, en cambio, implica que existen valores objetivos, que cada quien descubre y jerarquiza de manera distinta, que existe un sustrato común, un “horizonte humano” —para usar la expresión de Isaiah Berlin—, que es lo que nos permite comunicarnos y comprender a los otros, entender, aunque no compartamos, sus visiones de la vida y del universo, sus mundos desde nuestros mundos. Y este pluralismo, que es diálogo y comunicación, es lo que salva a la vez a la historia en el pensamiento de Serrano, aunque se trate de una historia que, como en aquella obra maravillosa de Las mil y una noches, no es única sino compuesta de muchas y diferentes historias.
Es en el marco de este horizonte humano, de esta realidad común y este entendimiento que presupone toda discrepancia, que ha venido decantándose el legado universal que hoy representan los derechos humanos, base común de todas las culturas y civilizaciones.
La diversidad solamente es posible a través del reconocimiento de lo otro, de lo diferente. Es el derecho a la diferencia lo que se erige como categoría fundamental en una época donde la filosofía no sólo es expulsada de las escuelas y universidades sino de la vida en su conjunto. Debemos ver este principio de unidad en la diversidad en el contexto de la preeminencia de la razón calculadora sobre la razón discursiva, de la suplantación de la sabiduría contemplativa por las utilidades pragmáticas. El reconocimiento de lo otro, de lo diferente, es la base del filosofar, el punto de partida de una razón de verdad cuyo vacío amenazan con llenar los fantasmas de la fe intolerante, de la superstición y del miedo, de los nuevos absolutismos y totalitarismos, o del nihilismo que degenera en locura y barbarie. Es preciso resaltar este gesto de reivindicación filosófica frente a un mundo en crisis y, sobre todo, frente a la crisis de mundo que —como muy bien señala Serrano Caldera— caracteriza a la época presente. Ni tiranía utilitaria ni superstición. La palabra filosófica no es nunca definitiva: su misión es revelar su propia insuficiencia y esperar siempre una respuesta. Solamente puede haber diálogo desde la diferencia y en ese diálogo es que precisamente consiste la filosofía: de ahí la denuncia, la abominación de los totalitarismos de Estado y de mercado, los que persiguen el mismo objetivo de dominación total, de anulación de la diversidad, de imposición de un único discurso: el monólogo que deriva de la ebriedad del poder.
“Ser humano es ser distinto”, como afirma Eduardo Nicol, en El porvenir de la filosofía. El derecho a ser persona implica la diversificación y esta idea nos lleva a la de justicia, a la de equidad verdadera, que no es más que “la igualdad de todos en el derecho a ser cada uno diferente”. La capacidad de colocarnos en el ser y la sensibilidad del otro, que nos permite sentir el daño ajeno como propio, es el punto de partida, la base de la ética y de la justicia. La justicia es armonía, es siempre algo personal, todo lo contrario de la uniformidad. La idea de unidad en la diversidad, es pues, también, una idea de justicia, alrededor de la cual será posible construir un proyecto de ciudad, un proyecto de nación y un proyecto planetario, opuesto a la discriminación y la anomía que caracteriza la globalización que hoy se nos ha impuesto.
La unidad en la diversidad es lo que funda el sentido de la acción política y lo que funda una utopía diferente de la clásica, construida sobre la creencia no en la sociedad perfecta sino en la sociedad perfectible. Así, la utopía de Serrano Caldera será la Utopía posible, es decir, una posibilidad más modesta, de encontrar equilibrios, consensos y acuerdos, necesariamente renovables, entre individuos, grupos, asociaciones, sociedades, naciones, culturas y civilizaciones diferentes. Esa utopía posible, despojada de toda perfección absoluta, es la esencia, el objeto, de un nuevo contrato social.
Como en Rousseau, la unidad auténtica y verdadera, la unidad en la diversidad, tiene que fundarse en la libertad y, para ello, debe ser expresión de la voluntad general. La idea del contrato social de Serrano Caldera es la tesis roussoniana de la voluntad general, vista desde la perspectiva pluralista y como respuesta a la crisis contemporánea de la representación democrática y la necesidad de ampliar los espacios de participación ciudadana. Así como en Hegel la voluntad general es concebida como el espíritu de la nación, que se despliega y encarna en una cultura nacional y una constitución histórica, el nuevo contrato social de Serrano es expresión del proyecto de nación, proyecto de nación que es el entramado del pasado, de la historia, así como de los sueños y aspiraciones sociales, de un futuro que es la cifra del deseo de ser cambiar y de ser otros.
Es importante recordar, también que Rousseau habla de dos diferentes tipos de pactos o convenios sociales, uno, que describe en “El discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres”, que es el contrato social que instituye la dominación, sugerido por el poderoso e inspirado por el miedo; otro, que es desarrollado en el “Contrato Social”, en donde el supremo poder no ha sido depositado en una persona o grupo de personas, sino que lo ejerce la voluntad general, y cuyo propósito es no garantizar la dominación sino la libertad de todos y cada uno de quienes componen la sociedad política. El primer tipo de contrato refleja la realidad, el segundo es un modelo ideal, fundado en el derecho y la razón. El primero es un contrato legal, pero no legítimo; el segundo es legal y legítimo porque es además un contrato moral. El primero es un contrato de naturaleza básicamente societaria y pragmática, que instituye la dominación y la obediencia; el segundo es de naturaleza comunitaria y ética, que instituye la autonomía y la ciudadanía, la democracia y la libertad.
Los contratos del primer tipo, para la dominación, son los que ya conocemos muy bien los nicaragüenses, los que han prevalecido en nuestra historia; son los pactos entre caudillos y que nos han sido impuestos y hemos terminado aceptando por seguridad y por miedo o por comodidad. Contra el verdadero contrato social, el contrato para la libertad y la auténtica democracia, no sólo conspiran las fuerzas retrógradas, los poderes invisibles y silenciosos, sino también aquéllas aparentemente modernizantes que pretenden sustituir la voluntad general con el nuevo derecho natural y la teocracia del mercado. Por eso, otra tarea del contrato social es la de recomponer la fragmentación y tender puentes entre los compartimentos estancados de las ciencias dedicadas al estudio de las diferentes realidades políticas, económicas, jurídicas y sociales. Restablecer las relaciones entre Política y Economía, entre Estado y Sociedad, entre Economía y Derecho.
En este punto, no puedo dejar de referirme a la trilogía fundamental, el prisma triangular que deben conformar la Política, el Derecho y la Moral. Como señalara Platón, a través del mito de la creación de los hombres por Zeus que narra en el Protágoras, para que éstos puedan gobernarse son necesarios “aidós y dike”, el sentido del pudor y de la vergüenza, que es la base de la ética, y el sentido de la justicia. Porque no hemos tenido, porque hemos perdido o no hemos sido capaces de desarrollar estas dos virtudes y fundirlas al ejercicio del poder, es que no hemos sido capaces de gobernarnos los nicaragüenses.
Managua, 20 de abril del 2004 Fragmento de ensayo. 
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