Los conceptos sobre el por qué de la penalización del aborto enviados a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por el mandatario Daniel Ortega y el presidente de la Asamblea Nacional, René Núñez, carecen de sustento jurídico, pero a la vez reflejan una clara ignorancia que el Derecho Internacional le da al tema, según la doctora Vilma Núñez, presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh)
Núñez, una de las integrantes del llamado Grupo Estratégico, junto al Movimiento Feminista de Nicaragua y la Federación Coordinadora Nicaragüense de ONG que Trabajan con la Niñez, entre otras organizaciones que solicitan la pronta restitución del aborto terapéutico.
Núñez aseguró que uno de los errores cometidos por Ortega al enviar su valoración sobre el aborto terapéutico fue que no se acreditó como Presidente de la República, un trámite necesario en cualquier juicio donde esté presente el Estado de Nicaragua.
Otra de las “barbaridades jurídicas” cometida por el mandatario, de acuerdo a Núñez, es que afirma en el documento, que no sabe los motivos por los cuales los recursos de amparo —sobre la penalización del aborto terapéutico— son también contra el Estado.
“Dice (Ortega) que cuando se aprobó la Ley 603, que elimina la figura del aborto terapéutico, él no era Presidente de Nicaragua y que ese recurso debió ser interpuesto contra el anterior Presidente, será que sus asesores ignoren un principio general de Derecho... no hay solución de continuidad entre las responsabilidades del anterior gobierno y las de éste”, dijo la actual presidenta del Cenidh.
Sobre el escrito enviado por el presidente del parlamento, René Núñez, dijo que no contradice ninguno de los argumentos de fondo que los recurrentes presentaron.
“Queremos hacer notar que el escrito de Núñez refleja hasta cierto punto la duda que en su interior de la barbaridad hicieron porque dice que al final esto queda en manos de la Corte Suprema de Justicia”, agregó Núñez.
El llamado Grupo Estratégico también consideró que en los documentos enviados a la CSJ se acude a la definición del derecho a la vida como un derecho absoluto que no tiene excepción alguna y está contenido en diversos instrumentos internacionales reconocidos por nuestra Constitución.
Para el grupo éstas son interpretaciones “restringidas” que desconocen, entre otras cosas, que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha determinado la responsabilidad estatal por violación del derecho a la vida de las mujeres con respecto a las altas tasas de mortalidad materna vinculadas al aborto. A la vez que recomiendan a los Estados desarrollar medidas para evitar que las mujeres pierdan la vida como resultado de una legislación restrictiva.
CUESTIÓN DE FORMA
Para la jurista Jessica López, las declaraciones de los movimientos pro aborto sobre los documentos enviados por Ortega y Núñez no tienen ningún argumento, porque los magistrados de la CSJ están en libertad de tomarlos o no en cuenta. Según López, el documento enviado por el Presidente tal vez tuvo algunas debilidades en asuntos de forma, pero está apegado a lo que dice la Constitución y cumple con lo solicitado por los magistrados del Poder Judicial.