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MIéRCOLES 10 DE ABRIL DEL 2002 / EDICION No. 22694 / ACTUALIZADA 02:00 am
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Salarios y contrato social

El pasado domingo 7 de abril publicamos un reportaje especial (“Batalla por un salario más justo”) sobre la situación salarial y las negociaciones sobre una indexación del salario mínimo, que proponen algunos dirigentes sindicales, o mantenerlos en el nivel actual, que es básicamente la posición de los representantes empresariales y gubernamentales.

En dicho reportaje se ofreció el dato, investigado por la firma Price Waterhouse, de que el salario mínimo y los sueldos en general de los trabajadores en Nicaragua son los más bajos de Centroamérica, pero en cambio las remuneraciones de los ejecutivos de las empresas privadas y de la capa superior de funcionarios públicos son los más altos de la misma área centroamericana.

Como se sabe, aunque sólo una minoría de los trabajadores devenga el salario mínimo, su cuantía repercute en los salarios y sueldos en general, así como en los costos de operación de las empresas privadas y en las disponibilidades presupuestarias del sector público. Y además, los estándares salariales influyen de manera determinante en la capacidad de recuperación y expansión de la economía nacional —o en su estancamiento y retroceso—, así como en la tranquilidad social, que es absolutamente indispensable para mantener la convivencia pacífica de la sociedad.

Los sociólogos y politólogos acostumbran decir que la convivencia de los seres humanos, cuyos intereses, condiciones económicas, grados culturales, creencias y aspiraciones son inevitablemente diversos e inclusive contradictorios, se funda en un contrato social que es también ineludible. Este concepto de contrato social se asocia a la doctrina del filósofo ginebrino Juan Jacobo Rousseau (1712-1778), quien hizo ver que la integración de los individuos en la sociedad y sus exigencias de libertad y seguridad deben ser garantizadas por un contrato social que estipule la entrega de cada asociado a la comunidad, compensándola con la liberación de su dependencia con relación a los otros individuos y a su propia naturaleza egoísta. Dicho de otro modo, que la persona entrega su contribución —laboral, intelectual, etc.— a la sociedad y se subordina a ella, pero a cambio la sociedad le garantiza su libertad y bienestar.

A pesar del mucho tiempo transcurrido desde que Rousseau planteó y argumentó su doctrina del Contrato Social (1762), ésta sigue vigente, adaptada, por supuesto, a las condiciones de la sociedad contemporánea y a las peculiaridades de la época actual. Y el acuerdo sobre una remuneración salarial básicamente justa y razonable, de conformidad con la producción y la productividad del trabajo —así como el respeto a la libertad individual y los Derechos Humanos— es un elemento indispensable y fundamental del contrato para la convivencia social.

En realidad, la búsqueda de un adecuado desarrollo de la sociedad presupone una dinámica de interacción y complementariedad de intereses entre la empresa, los trabajadores, la sociedad civil y el Estado. La sociedad no puede funcionar correctamente si sólo busca satisfacer a uno de sus sectores, o si alguno de éstos participa de manera desigual y discriminada —en lo jurídico y lo social— en el contrato para la convivencia y el progreso. Y en nuestra época, particularmente, el contrato social debe prever la construcción de relaciones complementarias de asociación entre empresas, gremios laborales, organizaciones del sector social y el Estado, así como la concertación de sus esfuerzos en programas y proyectos para la búsqueda de soluciones efectivas a los grandes problemas sociales. Sólo así se puede crear estrategias viables y provechosas, lo mismo que movilizar nuevos recursos y generar un clima de confianza mutua, que es imprescindible para alcanzar y mantener la cohesión y la paz social.

Las empresas privadas necesitan, para crecer y prosperar, un ambiente apropiado de estabilidad social, tanto ahora como en el mediano y largo plazos. Pero el desarrollo empresarial no es posible si a los trabajadores no se les ofrece la adecuada oportunidad de realización social y personal, ante todo el pago de salarios justos y dignos, de la misma manera que no es posible que los trabajadores y empleados mejoren su nivel y calidad de vida si las empresas permanecen estancadas e ineficientes.

En todo caso, los empresarios y gobernantes no deberían olvidar la advertencia del historiador romano Cayo Suetonio (70-140 D.C.), de que “un buen pastor debe esquilar sus ovejas, no despellejarlas”.  
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