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JUEVES 11 DE ABRIL DEL 2002 / EDICION No. 22695 / ACTUALIZADA 02:00 am
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Alemán “desamparado”

.Magistrados del Tribunal de Apelaciones de Managua no dieron lugar al recurso de Alemán, se conoció extraoficialmente
.“No procede el recurso de Amparo contra las resoluciones de los funcionarios judiciales en asuntos de su competencia”, argumentan los magistrados

Freddy Potoy R.
freddy.potoy@laprensa.com.ni

Arnoldo Alemán “desamparado”. Eso fue lo que decidieron ayer, antes del mediodía, los magistrados de la Sala Civil número II del Tribunal de Apelaciones de Managua, al rechazar el recurso de Amparo que el ex presidente Alemán interpuso en contra de la resolución de la Juez suplente Gertrudis Arias en el caso del Canal 6.

La juez Arias fulminó con auto de prisión a cuatro nicaragüenses y dos mexicanos por fraude al Estado a través del Canal 6, y ordenó que se abriera proceso a Alemán y a varios ex funcionarios de gobierno. Ante esta situación, Alemán interpuso un recurso de Amparo en contra de la resolución de Arias, por considerar que ella no es competente para decidir la apertura de un juicio en contra de él, porque está cobijado por la inmunidad parlamentaria.

Sin embargo, los magistrados Mario Barquero (presidente de la Sala Civil II), Guillermo Estrada y Roberto Borge, resolvieron que el recurso de Alemán no es tramitable porque la Ley de Amparo en su artículo 51, inciso 1, establece que “no procede el recurso de Amparo contra las resoluciones de los funcionarios judiciales en asuntos de su competencia”.

Una fuente del Poder Judicial explicó que los magistrados Barquero, Estrada y Borge se reunieron el lunes pasado y decidieron no dar lugar al recurso de Alemán.

Sin embargo, el martes estos mismos magistrados se inquietaron cuando un abogado interesado en la causa de Alemán, les llegó a presentar una resolución de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que supuestamente resolvió en febrero de este año que los recursos contra resoluciones judiciales son tramitables.

“Eso (lo antes descrito) hizo que uno de los magistrados propusiera al resto de sus colegas revisar con calma el día miércoles esa sentencia de la CSJ, el recurso de Alemán y lo que establece la Ley de Amparo. Finalmente hoy (ayer miércoles) decidieron mantener su posición de que no darían lugar al recurso de Alemán, invocando el artículo 51, inciso 1 de la Ley de Amparo”, explicó la fuente del Poder Judicial.

EL RECURSO DE HECHO

Una fuente del Poder Judicial dijo que “el doctor Arnoldo Alemán todavía tiene una alternativa, que es recurrir a sus aliados en la CSJ”. De acuerdo con el artículo 25 de la Ley de Amparo, en su parte final se establece que “si el Tribunal de Apelación se negare a tramitar el recurso, podrá el perjudicado recurrir de Amparo por la vía de hecho ante la Corte Suprema de Justicia”.

“Si Alemán recurre de hecho ante la Corte Suprema de Justicia, se presentará una situación interesante para los magistrados, porque deberán decidir si lo amparan o no, y esto puede desencadenar otro escenario político con miras a la sustitución de cinco magistrados en el Supremo Tribunal; o bien tomar nota de los magistrados interesados en ayudar al presidente del Parlamento”, dijo la fuente.

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PLC no se da por enterado  
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